Durante el año 2007 coexistirán dos modelos: el recién aprobado de abono por gasto generado y el que se aplicaba hasta ahora de la ayuda anual
Novedades en las Ayudas Sociales
Ø Las ayudas sociales correspondientes al año 2007(excepto la ayuda por ascendientes a cargo) se pueden solicitar desde este momento, las correspondientes al año 2006 se solicitaran cuando se publique en BOCM la convocatoria anual.
Para el año 2007 se establece un procedimiento distinto del que había hasta ahora para las prestaciones sociales, excepto para la ayuda por ascendientes a cargo.
Se sustituye la convocatoria general de carácter anual por la solicitud individual de abono de la ayuda económica en el mismo año en que se ha realizado el gasto.
Debido a esta novedad, durante el presente año 2007, coexistirán los dos procedimientos. Es decir: el que se ha aplicado hasta ahora de convocatoria anual, y por otra parte, el abono al empleado del gasto generado en ese mismo año 2007. (Excepto lo que se refiere a la ayuda por ascendientes a cargo, que se seguirá rigiendo por el procedimiento de convocatoria anual-distribución de fondo)
Los requisitos siguen siendo los mismos:
Ø El trabajador deberá acreditar al menos 3 meses de servicio en el momento de presentar la solicitud. Estos 3 meses se computarán en virtud de un mismo nombramiento o contrato de trabajo.
Ø En el momento de presentar la solicitud, el trabajador ha de estar incluido en el ámbito de aplicación del convenio colectivo o del acuerdo sectorial.
Ø Documentación necesaria para cada uno de los tipos de ayuda.
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