En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del día 1 de febrero de 2010, se publicó la Orden de 21 de enero de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se regula el procedimiento de reconocimiento de trienios al personal laboral interino.El procedimiento a seguir para la solicitud de reconocimiento de trienios y abono de estas cantidades es el siguiente:
Cada trabajador o trabajadora debe solicitar el reconocimiento de los trienios conforme al modelo reflejado en el Anexo I de la Orden, y debe acompañarlo de los correspondientes certificados de servicios prestados, o fotocopia compulsada de los mismos, de cada una de las Consejerías u Organismos en los que haya trabajado con anterioridad. Recomendamos la entrega de fotocopia compulsada de los mismos, para evitar tener que solicitar los certificados de nuevo con cada contrato.
Estos certificados deben ser solicitados a los Responsables de Personal de cada Consejería u Organismo, y deben ser emitidos conforme al modelo reflejado en el Anexo II de la Orden.
Este reconocimiento de trienios solamente causará efecto durante la vigencia del contrato en el que se haya solicitado. Cuando se formalice un nuevo contrato se deberá solicitar de nuevo el reconocimiento de trienios.
A la finalización de cada contrato temporal, se entregará a cada trabajador o trabajadora una certificación de los servicios prestados, para agilizar los posteriores reconocimientos de trienios.
Cada trabajador o trabajadora debe solicitar el reconocimiento de los trienios conforme al modelo reflejado en el Anexo I de la Orden, y debe acompañarlo de los correspondientes certificados de servicios prestados, o fotocopia compulsada de los mismos, de cada una de las Consejerías u Organismos en los que haya trabajado con anterioridad. Recomendamos la entrega de fotocopia compulsada de los mismos, para evitar tener que solicitar los certificados de nuevo con cada contrato.
Estos certificados deben ser solicitados a los Responsables de Personal de cada Consejería u Organismo, y deben ser emitidos conforme al modelo reflejado en el Anexo II de la Orden.
Este reconocimiento de trienios solamente causará efecto durante la vigencia del contrato en el que se haya solicitado. Cuando se formalice un nuevo contrato se deberá solicitar de nuevo el reconocimiento de trienios.
A la finalización de cada contrato temporal, se entregará a cada trabajador o trabajadora una certificación de los servicios prestados, para agilizar los posteriores reconocimientos de trienios.
Consulta aquí la Orden con los Anexos
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