lunes, 4 de enero de 2010

150 plazas DUE SUMMA 112. Pruebas selectivas


Publicada el 29 de diciembre de 2009, RESOLUCIÓN de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomado Sanitario/Enfermera de Urgencias del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
Consulta la Resolución aquí.
REQUISITOS

a)Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
b) Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros Tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo, podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
c) Estar en posesión de cualquier título de Diplomado Universitario de Enfermería o Ayudante Técnico Sanitario expedido por el Ministerio de Educación o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior o por cualquier otro país, siempre que estén oficialmente reconocidos y/u homologados por el citadoMinisterio o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello, o estar en condiciones de obtener dichos títulos dentro del plazo de presentación de instancias.
d) Estar en posesión del título que acredite haber realizado el curso “Enfermería en urgencias extrahospitalarias” establecido en la Orden 559/1997, de 17 de marzo, de Transporte Sanitario, con trescientas treinta y cuatro horas de duración o, en su caso, del título que acredite la homologación por parte de la Agencia “PedroLaín Entralgo” de la formación y experiencia profesionalque figura en el artículo 8 de la Orden 559/1997, de 17 de marzo, según redacción dada por la Orden 1682/2005, de 14 de noviembre, de la Consejería de Sanidad y Consumo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID número 274, de 17 de noviembre), o estar en condiciones de obtener dichos títulosdentro del plazo de presentación de instancias.
e) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
g) No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera de Urgencias, cualquiera que sea su situación administrativa.

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